PUBLICACIÓN
N° 07/2017
SUGERENCIA DE
SUBPARTIDA
85.25
DESCRIPCIÓN DE LA
MERCANCÍA (O PRODUCTO)
Descripción
de la Mercancía.
Es un vehículo aéreo no
tripulado (UAV) controlado por control remoto. Su medida diagonal es de 350 mm
y un peso de 1 338 gramos, tiene 3 modos de vuelo y una autonomía de 30 minutos
de vuelo; tiene incorporada en su estructura una cámara equipada con un sensor
de 20 megapíxeles de 1 pulgada capaz de grabar vídeo en 4 K/60 fps y tomar
imágenes en ráfaga a 14 fps. El sistema de vuelo autónomo agrega dos sensores
de visión trasera y sensor~s infrarrojos, que hace un total de cinco direcciones
de detección de obstáculos y cuatro direcciones de evitación de obstáculos. El
controlador Phantom 4 Pro integra un sistema de transmisión de vídeo HO
mejorado que añade soporte de transmisión de 5.8 GHz a la banda de frecuencia
tradicional de 2.4 GHz; cuenta con una pantalla de 5.5 pulgadas de 1080p
integrada con 1000 cd/m2 de brillo, el control cuenta con ranura para tarjetas
micro-SO, micrófono, altavoz integrado y conexión Wi-Fi. El control tiene un
alcance de transmisión máximo de 7 km y los sensores cuentan con dos módulos de
brújula y dos unidades de IMU (unidad de medición inercial); puede elegir
automáticamente la mejor ruta para volver al punto de origen según las condiciones
del entorno (graba su ruta mientras vuela, permitiendo regresar por la misma
ruta evitando obstáculos si la señal del control remoto se pierda.
ANÁLISIS TÉCNICO DE LA MERCANCÍA (O PRODUCTO)
La clasificación arancelaria
de mercancías es el método sistemático que de acuerdo al análisis de sus
características técnicas y por aplicación de la Reglas Generales para la
Interpretación (RGI) de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado y señaladas
en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico
(subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía
susceptible de comercio internacional.
Que, al aplicar la RGI 3 en la
evaluación de El Producto, se observa que ninguna de las partidas S.A. (88.02 ó
85.25) es más específica que la otra (RGI 3 a). Sin embargo, se evidencia que
la videocámara pulgada y dos sensores de visión trasera y sensores de detección
infrarrojos (que hacen un total de 5 direcciones de detección de obstáculos y 4
direcciones de evitación de obstáculos), capaz de grabar imágenes de vídeo de
4K / 60fps e imágenes en modo Burst a 14 fps, con sistema de transmisión de
vídeo Wi-Fi HD de 5.8 GHz, que captura imágenes y datos de imágenes necesarios
para la postproducción más avanzada, y que elige automáticamente la frecuencia
de transmisión con el nivel más bajo de interferencia, es la que confiere el
carácter esencial (RGI 3 b), de El Producto; por lo tanto, debe ser considerada
como una videocámara comprendida en el texto de la partida 85.25.
Que, en virtud a lo
establecido por la RGI 69, se procede a clasificar El Producto a nivel de subpartida.
La partida 85.25 se encuentra desagregada en tres subpartidas S.A. de primer
nivel, donde El Producto, por tratarse de una videocámara equipada con sensor
CMOS, que es capaz de grabar imágenes de vídeo de 4K / 60fps e imágenes en modo
Burst a 14 fps, con sistema de transmisión de vídeo Wi-Fi HD de 5.8 GHz, que
captura imágenes y datos de imágenes necesarios, que elige automáticamente la frecuencia
de transmisión con el nivel más bajo de interferencia, que cuenta con un controlador
remoto con pantalla incorporada de 5.5 pulgadas y que presentan un puerto HDMI,
ranura para tarjetas Mico-SO y conexión Wi-Fi que permiten que las imágenes
sean editadas para ser compartidas al instante, queda comprendido en la
subpartida S.A 8525.80 "cámaras de televisión, cámaras digitales y videocámaras"
y le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 8525.80.20.00, en
aplicación de la 1ra., 3ra. b) y 6ta. Reglas Generales para la Interpretación
de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto Supremo N°
342-2016-EF.
Que en consideración a la RGI
6t 4, se determinara la subpartida que le corresponde a El Producto. La
subpartida de primer nivel 8421. (20) comprende los aparatos para filtrar o
depurar líquidos. Esta subpartida se desagregará en la subpartida de segundo
nivel 8421.21 que corresponde a los aparatos para filtrar o depurar agua; la
misma que se desdobla en la subpartida de tercer nivel 8421.21.90 en la que se
encuentran los aparatos para filtrar o depurar agua que no sean domésticos. En
consecuencia, como El Producto es un dispositivo para filtrar o depurar agua
utilizado: en el hogar, hostería y restaurantes, sector de la salud, ganadería
y agricultura; le corresponde clasificarse en la subpartida nacional
8421.21.90.00, en aplicación de la 1° y 6° RGI del arancel de Aduanas aprobado
por Decreto Supremo No. 342-2016-EF.
De conformidad con el literal
k) del artículo 24So-V del Reglamento de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado
por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;
De conformidad con el inciso
a) del Art. 283-H del Reglamento de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria aprobado
por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;
El producto denominado
comercialmente "DRONE", marca: Panthom, modelo: 4 Pro Plus en la
subpartida nacional 8525.80.20.00.