TITULO: “UFED (DISPOSITIVO
UNIVERSAL DE EXTRACCIÓN DE DATOS FORENSES DE CELULARES)”.
GRÁFICO
SUGERENCIA DE PARTIDA
85.43
DESCRIPCIÓN DE LA
MERCANCÍA (O PRODUCTO)
Descripción
de la Mercancía.
El producto denominado
comercialmente “UFED (DISPOSITIVO UNIVERSAL DE EXTRACCIÓN DE DATOS FORENSES DE
CELULARES)”, se presenta acondicionado en un estuche, conteniendo en su
interior: un dispositivo electrónico UFED; cables con conectores para diversos
tipos de teléfonos; un bluetooth para teléfonos inalámbricos; un dispositivo
flash USB; un lector de tarjetas; una fuente de alimentación CA; batería para
el UFED; cargador de batería; CD grabado con software; un cepillo para limpiar
las conexiones de los teléfonos y un manual de instrucción. El dispositivo
UFED, es un aparato electrónico, con pantalla LCD; en la parte frontal presenta
las teclas de función y en la parte lateral y posterior los puertos de entrada
y salida para USB, conexión serial, Ethernet, mini USB, ranuras para tarjeta
SIM. Se utiliza para la extracción de datos de teléfonos celulares (agenda de
contactos, fotografías de la cámara, videos, audios, mensajes de texto SMS,
registro de llamadas, etc) o directamente de la tarjeta SIM, mediante cables,
bluetooth o infrarrojos, sin conectarse a la red, los que procesa y transfiere
a un USB, después de lo cual desaparecen del dispositivo;
ANÁLISIS TÉCNICO DE LA MERCANCÍA (O PRODUCTO)
La
clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que de acuerdo
al análisis de sus características técnicas y por aplicación de la Reglas
Generales para la Interpretación (RGI) de la Nomenclatura basada
en el Sistema Armonizado y señaladas en el Arancel de Aduanas, permite
identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su
respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio
internacional.
Que la Sección XVI, en el
Capítulo 85, comprende a las máquinas, aparatos, material eléctrico y sus
partes, donde el producto a clasificar, por sus características es susceptible
de ser considerado en las Partidas 85.17 y 85.21, excluyéndose sin embargo, de
la partida 85.17, por no ser su función las comunicaciones, pues no recibe,
convierte, trasmite, ni regenera voz, imagen u otros datos; excluyéndose
asimismo de clasificarse en la Partida 85.21, por no ser un aparato para grabar
o reproducir imagen y sonido. En este sentido, por ser un aparato electrónico,
con función propia y no estar expresado ni comprendido en otra parte del
Capítulo 85, le corresponde clasificarse en la Partida 85.43;
Que para la determinación de
la subpartida se debe tomar en consideración la Sexta Regla General para la
Interpretación de la Nomenclatura que señala: “la clasificación de mercancías
en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los
textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como mutatis
mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse
subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla también se aplican las
Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”;
Que a nivel de subpartida,
considerando las características del producto, y al no existir una subpartida
específica que lo describa, le corresponde clasificarse en la subpartida
nacional 8543.70.90.00, en aplicación de la 1ra, 3b), y 6ta. Reglas Generales
para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas, aprobado por
Decreto Supremo Nº 017-2007-EF;
De conformidad con el Art.
139º inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado por Decreto
Supremo Nº 115-2002-PCM, y estando a la delegación de firma prevista en el
Memorándum Nº 59-2009-SUNAT/3A0000;
El producto denominado
comercialmente “UFED (DISPOSITIVO UNIVERSAL DE EXTRACCIÓN DE DATOS FORENSES DE
CELULARES)”, en la subpartida nacional 8543.70.90.00.