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SUGERENCIA DE PARTIDA
64.02
DESCRIPCIÓN DE LA
MERCANCÍA (O PRODUCTO)
Descripción
de la Mercancía.
El producto denominado
comercialmente "KT -151", Calzado para niño (en adelante El
Producto), se comercializa en pares y se trata de un calzado para niño;
Que, la División de
Laboratorio Central de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (en
adelante El Laboratorio) informa que El Producto, presenta el siguiente
análisis:
Descripción del producto:
Calzado
para niño, de colores beige y blanco, corte cubre todo el pie por debajo del
tobillo, se ajusta mediante pasadores y banda elástica. Composición Química:
Presenta
lo siguiente: Parte Superior: 100% CUS de Poliuretano. Forro: 100% Materia textil
de algodón. Plantilla: 1OO%Materia textil de algodón. Suela: Caucho sintético. Uso:
Casual. Conclusión: Calzado para niño que cubre el pie por debajo del tobillo,
con suela de caucho y parte superior de plástico.
ANÁLISIS TÉCNICO DE LA MERCANCÍA (O PRODUCTO)
La
clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que de acuerdo
al análisis de sus características técnicas y por aplicación de la Reglas
Generales para la Interpretación (RGI) de la Nomenclatura basada
en el Sistema Armonizado y señaladas en el Arancel de Aduanas, permite
identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su
respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio
internacional.
Que, en la Sección X1I2,
Capítulo 643, están comprendidos el calzado, polainas y artículos análogos; y
sus partes. Según los alcances que brindan las Notas Explicativas del Sistema
Armonizado de Designación y Codificación de las Mercancías4
"Consideraciones Generales", en las partidas 64.01 a 64.05 se
clasifican los calzados de acuerdo a la materia constitutiva de la suela y de
la parte superior o corte (superficie mayor de recubrimiento exterior), así
como al diseño y uso a que se destinen;
Que, El Producto, según
informe de El Laboratorio, presenta parte superior: 100% materia plástica
(poliuretano), y suela de caucho sintético, por lo que en aplicación de la Nota
4 del Capítulo 645, queda incluido en el texto de la partida 64.026, que
comprende a "los demás calzados con suela y parte superior de caucho o
plástico";
Que, en virtud a lo
establecido por la RGI 67, se procede a clasificar El Producto a nivel de
subpartida; la partida 64.02 se encuentra desagregada en tres
subpartidas de primer nivel, donde la subpartida S.A. 6402. (90) comprende a
los demás calzados que no sean de deporte de acuerdo a la Nota de Subpartida
1a) y 1b) del Capítulo 648, ni presenten parte superior de tiras o bridas fijas
a la suela por tetones (espigas). Esta subpartida a su vez está desagregada en
dos subpartidas de segundo nivel. El Producto, denominado comercialmente
"KT-151", Calzado para niño, al no cubrir el tobillo y no tener
puntera metálica de protección, se clasifica en la subpartida nacional
6402.99.90.00, en aplicación de la 1ra. y 6ta. Reglas Generales para la Interpretación
de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto Supremo N°
238-2011-EF;
De conformidad con el inciso
a) del artículo 283°-H del Reglamento de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, aprobado por
Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT, y modificatorias;
El producto denominado
comercialmente “KT-151, CALZADO PARA NIÑO”, en la subpartida nacional 6402.99.90.00.