viernes, 11 de agosto de 2017

SUNAT: Clasificación de un Monitor LED






8528.59.00.00

Descripción de la Mercancía.

Monitor LED serie UML-323-90, marca Bosch, de 32 pulgadas, área de visualización activa (H x V) 698,4 x 392,85 mm, con resolución Full HD de 1920 x1080 pixeles.

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que de acuerdo al análisis de sus características técnicas y por aplicación de la Reglas Generales para la Interpretación (RGI) de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado.

Que, de acuerdo con la información proporcionada, el producto incluye una amplia gama de ángulos de visión horizontal y vertical que ofrecen una visualización cómoda y nítida, tanto si se instala en una pared como si se coloca en el techo.

Tiene una luminancia de 350 cd/m2, relación de contraste de 3000:1, paso de pixel (HxV) 0,3637 x 0.3637 mm, ángulo de visión 178°/178°; está equipado con conectores y cables VGA, DVI-D, HDMI, componente, cable de disparador, entradas de video y audio (5) y control remoto; su panel de control y botones están ubicados en la parte posterior del monitor; opera con una tensión nominal de 120/230 V CA, 50/60 Hz y potencia en tensión nominal de 75 W.

Se señala que se comercializa en unidades y que es ideal para el uso con aplicaciones de video analógico, videograbadoras digitales (DVR), sistemas de vigilancia de seguridad y aplicaciones informáticas.

Que en virtud a lo establecido por la RGI 6 6, se procede a clasificar el producto a nivel de subpartida. La partida 85.28, se encuentra desagregada en cuatro subpartidas de primer nivel, comprendiendo en la subpartida S.A 8528.(40) a los “monitores con tubo de rayos catódicos”, de donde El producto se excluye de ser considerado, por ser de diodo emisor de luz (LED), correspondiéndole, por consiguiente, clasificarse en la subpartida S.A. 8528.(50) que comprende a “los demás monitores”, que a su vez su subdivide en dos subpartidas de segundo nivel, donde la subpartida S.A. 8528.52 designa a “los demás monitores aptos para ser conectados directamente y diseñados para ser utilizados con una maquina automática para tratamiento o procesamiento de datos de la partida 84.71”, y la subpartida S.A. 8528.59 a “los demás monitores”.

Que, de conformidad con el inciso a) del Art. 283°-H del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;

El Producto denominado comercialmente “MONITOR, LED HD, marca Bosch, serie UML de alto rendimiento, de 32 pulgadas”, se clasifica en la subpartida 8528.59.00.00




martes, 14 de marzo de 2017

SUNAT: Clasificación de un juego de cuchillos y tijeras.





82.11.10.00.00

Descripción del Producto.

Tabla con cuchillos y tijeras, consiste en utensilios de cocina presentado en un SET  de  5 piezas, compuesto por:

1.       Un cuchillo panero (mango 60% polipropileno y 40% acero inoxidable)

2.       Un cuchillo cocinero (mango 60% polipropileno y 40% acero inoxidable)

3.       Un cuchillo chuletero (mango 60% polipropileno y 40% acero inoxidable)

4.       Unas tijeras (mango 75% polipropileno y 25% acero inoxidable)

5.       Una tabla para picar (100% polipropileno)

Se concluye que la mercancía es un set de artículos de cocina, compuesto por una tabla de picar, tres cuchillos y unas tijeras.

Clasificación del Producto.

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que de acuerdo al análisis de sus características técnicas y por aplicación de la Reglas Generales para la Interpretación (RGI) de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado.

Que de acuerdo con la información proporcionada, el producto es un set de artículos de cocina compuesto por una tabla de picar, tres cuchillos y unas tijeras; por lo que, en aplicación de la RGI 1, corresponde realizar el siguiente análisis:

El producto está constituido por la asociación de artículos de diferente materia constitutiva, donde: la tabla de picar, que es totalmente de plástico (polipropileno), es susceptible de comprenderse en la Sección VII, Capítulo 39, en la partida 39.24 que comprende a la vajilla y artículos de uso doméstico; por otro lado: los cuchillos con mango de plástico y la parte operante de metal, son susceptibles de ser considerados en la Sección XV, Capítulo 82, en la partida 82.11, que comprende a los cuchillos con hoja cortante o dentada; por otra parte: las tijeras , con mango de plástico y la parte operante de metal, es susceptible de comprenderse en la Sección XV, Capítulo 82, partida 82.13, que comprende a las tijeras y sus hojas. Por lo tanto, al tratarse de una mercancía en cuya clasificación se encuentran involucradas partidas distintas y no tienen un texto de partida en particular o Nota de Sección o de Capítulo que admita la Clasificación de El producto, tal como se presenta, no es posible la aplicación de la RGI 1.

Que, asimismo, cuando una mercancía pudiera clasificarse en principio, en dos o más partidas por aplicación de la RGI 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación está regida habitualmente por la RGI 3, y si no tiene una partida con descripción más específica que la otra Regla (RGI 3 a), se recurre al método dispuesto por la RGI 3b), que indica que los productos se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera el carácter esencial, si fuera posible determinarlo. Finalmente. Cuando las RGI 3 a) y RGI 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta;

Que en aplicación de la RGI 2 b), El producto, al tratarse de un set de artículos de cocina, califica como un artículo compuesto, que debe ser evaluado aplicando la RGI 3; sin embargo como no es posible la aplicación de la RGI 3 a) porque tanto la partida 39.24 (artículos de plástico), como la partida 82.11 (cuchillos con hoja cortante o dentada) y la partida 82.13 (tijeras y sus hojas), son igualmente específicas, se recurre al método dispuesto por la RGI 3b). Al respecto El Producto, al tratarse de un set de artículo para cocina (compuesto por una tabla de picar, tres cuchillos y unas tijeras), el carácter esencial es otorgado por los tres cuchillos que se utilizan para cortar, las tijeras son elementos auxiliares de corte y la tabla de picar es una especie de soporte; por lo que, corresponde su clasificación en la partida 82.11;

Que, en virtud a lo establecido por la RGI 6, se procede a clasificar a nivel de subpartida. El Producto es un set de artículos para cocina, cuyo carácter esencial es otorgado por los tres cuchillos, en la subpartida 8211.10.00.00.

jueves, 19 de enero de 2017

Clasificacion Arancelaria ASFALTO FRIO EZ STREET

CÁMARA NACIONAL DE DESPACHANTES DE ADUANAS

SUGERENCIA GTJ_001_2017
18 de enero de 2017

MERCANCÍA: ASFALTO FRIO EZ STREET


Descripción de LA MERCANCÍA
El asfalto, también denominado betún, es un material viscoso, pegajoso y de color plomo (gris oscuro). Se utiliza mezclado con arena o gravilla para pavimentar caminos y como revestimiento impermeabilizante de muros y tejados. Está presente en el petróleo crudo y compuesto casi por completo de betún bitumen. El asfalto es una sustancia que constituye la fracción más pesada del petróleo crudo. Se encuentra a veces en grandes depósitos naturales.
El asfalto frio EZ STREET tiene una fórmula bituminosa diseñada para ser aplicada a cualquier superficie grava, piedra, capa base, asfalto y hormigón. La mezcla proveerá características satisfactorias en la cobertura, facilidad de manejo y adherencia durante su uso en condiciones climáticas de frío, calor o lluvia.
No se trata de una emulsión ni tampoco de un asfalto cortado. Los polímeros químicos incorporados en esta mezcla evitan el desprendimiento del árido en presencia de agua
El asfalto frio es una mezcla producida en caliente, para su aplicación en frio, modificado con polímero de alto rendimiento que no requiere ser mezclado con otro material o solución (imprimante, ac diluidos adherentes, etc.) para su aplicación y buen comportamiento. Esta mezcla asfáltica provee una solución simple, permanente, oportuna y efectiva a una serie de aplicaciones, incluyendo pero no limitadas a las reparaciones de baches en carreteras, calles, avenidas, cortes de los servicios públicos, reparaciones conjuntas, reparaciones de bordes externos, recapamientos permanentes y también los pequeños revestimientos donde es necesario dar una solución rápida y eficiente bajo cualquier condición de clima y tránsito.
§  Puede ser aplicado en diferentes condiciones climatológicas (temperaturas ambientales oscilando entre –15°C y 45°C), incluso bajo lluvia en baches saturados de agua o suelos permanentemente húmedos.
§  El producto puede mantenerse almacenado y acopiado en buenas condiciones por periodos superiores a 1 año sin perder sus propiedades. (Hasta 50 toneladas apiladas a 2,5 mts. de altura max.). Aprovechamiento del 100% de la mezcla. El material sobrante de la reparación de un bache puede ser perfectamente y completamente reutilizado.
§  No requiere equipo ni herramientas especializadas para su aplicación, su instalación, únicamente requiere de herramientas manuales (rastrillos, palas, escobillones, etc.) y puede ser compactado con una placa-pisón de madera o metálico o simplemente con los neumáticos de un vehículo. Por sus características permite abrir el tráfico vehicular inmediatamente después de su aplicación. El fiel cumplimiento de técnicas sugeridas para su aplicación adecuada garantizan su duración y el máximo rendimiento de este material.

SUBPARTIDA SUGERIDA
Se sugiere la subpartida arancelaria:
68.07                           Manufacturas de asfalto o de productos similares (por ejemplo: pez de petróleo, brea).
6807.90.00.00             - Los demás
De Acuerdo a las Notas Explicativas de la subpartida 27.14 se excluyen las manufacturas de asfalto. Las Notas Explicativas de la subpartida 68.07 comprende las manufacturas hechas normalmente con asfalto o betún natural, brea de alquitrán de hulla, betún de petróleo, mezclas bituminosas, etc. Estos artículos frecuentemente contienen productos de relleno como arena, escoria, creta, yeso, cemento, talco, azufre, fibras de amianto, aserrín o fibras de madera, desechos de corcho, resinas naturales, etc.
Esta partida comprende los artículos que se identifican como manufacturas para un uso determinado. Entre las manufacturas puede citarse:
1.      Las losas, placas, losetas, ladrillos, etc., obtenidos por presión o fusión y que se utilizan para el revestimiento, enlosado o pavimentado.



viernes, 18 de diciembre de 2015

UE: Clasificación de un equipo de jardinería presentado en un Embalaje de plástico

4202.22.90  a) una bolsa, de tejido de materia textil, cuya superficie exterior es de materia textil, con un gran bolsillo interior y cuatro exteriores más pequeños,

6216.00.00  b) un par de guantes, hechos principalmente de tejido de materia textil con un recubrimiento menor de plástico celular en la parte de la palma,

8201.50.00  c) un par de tijeras de podar de metal común,

8201.10.00  d) una paleta de jardinería de metal común,

3926.90.97  e) doce barritas de plástico para marcar,

9609.10.10  f) un lápiz con mina de grafito. Leer más...


UE: Clasificación de un brazalete para teléfono inteligente

4202.92.98  Artículo (denominado «brazalete para teléfono inteligente») confeccionado en su mayor parte de materia textil. Está compuesto por una funda para teléfono móvil y una banda elástica que sirve para sujetarla a la parte superior del brazo.

Descripción del Producto:

La cara interna de la funda tiene una abertura por la que se puede introducir un teléfono móvil. La cara externa cuenta con una ventana rectangular formada por una hoja de plástico transparente. La ventana transparente está rodeada por una hoja de plástico celular que también cubre la cara externa del extremo más corto de la banda. La cara interna del artículo y de la banda está hecha de tejido cauchutado (capas exteriores de tejido con una capa de caucho celular entre ellas). La banda va provista de una tira de tipo Velcro que pasa a través de dos ranuras en el extremo más corto de la misma para ajustarse a la parte superior del brazo del usuario.

Motivaciones y Clasificación del Producto:

El artículo está diseñado para contener un objeto específico (teléfono móvil, teléfono inteligente). Por lo tanto, tiene las características objetivas de un continente similar a los que figuran en el texto de la Partida 42.02 (véanse también las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de la Partida 42.02).

Queda pues excluida su clasificación en la Partida 63.07 como los demás artículos textiles confeccionados.

Por lo tanto, el artículo debe clasificarse con el código de la Nomenclatura Combinada 4202.92.98 como funda con la superficie exterior de materia textil.

La clasificación está determinada por lo dispuesto en las Reglas Generales 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Combinada, por la nota 1 l) de la Sección XI, por la Nota Complementaria 1 del capítulo 42 y por el texto de los códigos de la Nomenclatura Combinada 42.02, 4202.92 y 4202.92.98.


Nota informativa: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2318 DE LA COMISIÓN de 8 de diciembre de 2015, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la Nomenclatura Combinada. Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 328 del 12 de diciembre de 2015. Revisa elReglamento....

jueves, 17 de diciembre de 2015

ESPAÑA: Clasificación del chaleco, que incorpora un sistema de inflado (airbag) para motocicleta

6307909899  Descripción de la mercancía: Artículo textil con forma de chaleco, que incorpora un sistema de inflado (airbag) para motocicleta, acondicionado para su venta al por menor.

El chaleco es de tejido de poliéster, distinto del punto, sobre un soporte de plástico, con doble tela, que incorpora en todo su interior una bolsa de poliuretano y un bolsillo, en la parte delantera, en el que está colocada una botella de CO2 con un sistema de disparo. Dispone de un cable que se sujeta al vehículo y al sistema de disparo para que en caso de accidente se active el mecanismo y se infle la bolsa. El chaleco lleva una cinta en la parte inferior para ajustarlo y dos cierres de plástico en el delantero.

Motivos de la clasificación:

Reglas Generales Interpretativas 1, 3 b) y 6, Nota 7 b) de la Sección XI, Nota 1 del Capítulo 63, y por el texto de los códigos de la Nomenclatura Combinada 67.07, 6307.90 y 6307.90.98. Código TARIC 6307909899. El chaleco le confiere el carácter esencial al surtido.



jueves, 10 de diciembre de 2015

CNDA: Clasificación de los pantalones inflables, utilizados para accidentes

6307.90.90.00 El producto denominado comercialmente como “pantalones inflables, utilizados para accidentes” (“Emergency Trauma Air pants”),  se presentan como una manufactura de tejido de trama y urdimbre de filamentos sintéticos 100% poliéster de alta tenacidad. Se utiliza en operaciones de rescate. La gran abertura inguinal de los pantalones inflables ofrece fácil acceso a los vasos sanguíneos para la recolección de la cateterización o gas en la sangre y permite el acceso a través de la superficie pélvica y sin interrupción de la presión. Es fácil de inflar, ya que cada cámara puede ser inflada individualmente a través de un sistema de bomba y la válvula muy simple. La bomba de la inflación puede ser operada con el pie, la acción de la mano o la rodilla y en circuito. Leer más...