Descripción de la Mercancía.
"TECLADO Y MOUSE
INALAMBRICO", producto denominado comercialmente "TECLADO Y MOUSE
INALAMBRICO" marca GE de 2.4 GHz, (en adelante El Producto), tiene las
siguientes características: se presenta en una caja que contiene un (01)
teclado multimedia inalámbrico de 2.4 GHz, un (01) mouse óptico inalámbrico de
2.4GHZ, un nanorreceptor, dos pilas AAA para el teclado y dos pilas AAA para el
mouse y un manual del usuario. El teclado y el mouse han sido diseñados para
conectarse inalámbricamente a la Unidad Central de Proceso (CPU). Requiere para
su funcionamiento: un Procesador Pentium de 1 GHz o más; Microsoft Windows XP,
Vista o 7; una memoria RAM de 512 MB; 4GB de espacio disponible en el disco
duro y puerto, USB.
Que, la clasificación arancelaria
de mercancías, es el método sistemático que de acuerdo al análisis de sus
características técnicas y por aplicación de las Reglas Generales para la
Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado (en adelante
RGI) y señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un
código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria
toda mercancía susceptible de comercio internacional;
Que, en la Sección XVI,2 Capítulo
84, la partida 84.71 comprende, entre otros, a las máquinas automáticas para
tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades. La Nota 5 C) 4 de este
Capítulo define las condiciones que deben cumplir los dispositivos para ser
considerados como unidades que forman parte de un sistema automático para el
tratamiento o procesamiento de datos. De otro lado, la Nota 4 de la Sección XVI
determina que cuando una máquina o una combinación de máquinas estén
constituidas por elementos individualizados (incluso separados O unidos entre
sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para
realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de
las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida
correspondiente a la función que realice;
Que, en aplicación de la RGI 66,
se procede a clasificar el Producto a nivel de subpartida. La subpartida de
primer nivel 8471.60 contiene a las unidades de entrada o salida de máquinas
automáticas para el tratamiento o procesamiento de datos, aunque incluyan
unidades de memoria en la misma envoltura entre otros, el teclado y el mouse
son unidades de entrada que ~ /~'l proporcionan datos y órdenes y están
conectados inalámbricamente (a través del nanoreceptor) a la unidad central de
proceso, por lo que el producto "TECLADO Y MOUSE INALAMBRICO" marca
GE de 2.4 GHz, se clasifica en la subpartida de segundo nivel 8471.60.20 y le
corresponde la subpartida nacional 8471.60.20.00, en aplicación de la 1era y
6ta Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de
Aduanas aprobado por Decreto Supremo N° 342-2016-EF;
De conformidad con el inciso a)
del Art. 283-H del Reglamento de Organización y Funciones de la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria aprobado
por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;
El producto denominado
comercialmente "TECLADO Y MOUSE INALAMBRICO" marca GE de 2.4 GHz en
la subpartida nacional 8471.60.20.00.
MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION
ResponderEliminar