miércoles, 24 de septiembre de 2014

CAN: Clasificación de un suplemento alimenticio a base de Aceite de Hígado de Bacalao

CNDA/DIR TEC/ 05 * 24-09-2014
2106.90.90 Suplemento alimenticio compuesto por aceite de hígado de bacalao emulsionado, adicionado de saborizantes, conservantes (benzoatos de sodio y potasio), así como edulcorantes (azúcar), espesantes y otros excipientes. Contiene también vitaminas A y D. Se administra a niños y adultos como una rica fuente de vitaminas A y D para el tratamiento deficiencias vitamínicas. El producto se presenta en la forma de emulsión.
El producto objeto de la clasificación es utilizado para conservar el organismo en buen estado de salud y como complemento a la dieta normal; no contiene una sustancia activa con un efecto terapéutico o profiláctico frente a alguna enfermedad particular.
Aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria Común – NANDINA 1 y 6.

NOTA INFORMATIVA. Aprobado mediante Resolución No. 1161 de la Comunidad Andina, de fecha 29 de abril de 2008.Revisar Resolución 1161 CAN

1 comentario:

  1. Esta muy bien pero hace falta mayor difusion, que podamos recibir comentarios al respecto.

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