9019.10.00.00 El sillón masajeador marca “Tocuyo” - Tocuyo – Magic Chair, modelo TH-570AA,
dimensiones: 790 mm x 460 mm x 170 mm (largo x ancho x alto), peso 10.6 kg,
220v-50Hz, potencia 48W, es
programado para proporcionar al usuario un masaje Shiatsu en la espalda, es
decir, presión de aire en los hombros y la espalda, amasado en el cuello,
vibraciones en la cadera y función de calor en la espalda. El masaje Shiatsu en
la espalda tiene 3 procesos; completo, superior e inferior. La presión de aire
en la espalda y hombros se pueden controlar por separado. La función de calor
en la espalda se puede manejar por separado (solo funciona mientras esté
operando). La posición del masajeador de hombros puede ser ajustada (cuando la
función de masaje a presión de aire está apagada). El sillón masajeador marca “Tokuyo”
viene programado con un masaje completo de 15 minutos.
Aplicación de las Reglas Generales 1 y 6 para la
interpretación de la Nomenclatura Arancelaria Común – NANDINA.
En la partida 90.19 se ubica
la subpartida del Sistema Armonizado 9019.10, que contiene, entre otros, a los
aparatos de masajes.
Para la clasificación arancelaria de la mercancía, se consideró lo siguiente:
ResponderEliminarEl Diccionario de la Lengua Española, de la Real Academia Española, vigésima primera edición, señala que el término "masaje" significa: "operación consistente en presionar, frotar o golpear rítmicamente y con intensidad adecuada determinadas regiones del cuerpo, principalmente las masas musculares, con fines terapéuticos, deportivos, estéticos, etc.";
En la Sección XVI, el Capítulo 84 comprende a las máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; sin embargo, la Nota 1. m) de la Sección XVI excluye a los artículos del Capítulo 90. En la Sección XVIII, Capitulo 90, el texto de la partida 90.19 designa entre otros, a los aparatos de masajes. Esta partida comprende a los aparatos para masajes del abdomen, de los pies, piernas, espalda, brazos, manos, rostro, etc.; trabajan generalmente por fricción, vibración, etc. Estos aparatos pueden accionarse manualmente o con motor o, incluso, ser de tipo electromecánico en los que el motor está incorporado estrechamente a los dispositivos de trabajo. En el caso en estudio, se trata de un sillón masajeador accionados por rodillos, para tratamiento completo del cuerpo; por lo que se clasifica en la partida 90.19;
La Sexta Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura señala que la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario";
Se les agradece.
ResponderEliminarPor que no se consideró la clasificación por la partida 9401 ya que se trata de una silla ya que, en el proceso de aplicación de la RGI 1, se identifica la partida 90.19 como aparato para masajes, y la partida 94.01 como asiento, para ser colocado en el suelo. De las dos partidas que se consideran no se tiene una en particular que comprenda a El Producto tal como se presenta; por lo tanto, no es operativa la RGI 1
ResponderEliminarQuiero saber si finalmente la Aduana les aceptó la clasificación del sillón masajeador en la partida 9019.10. GRACIAS
ResponderEliminarComo puedo adquirir este sillón masajeador y que valor tiene
ResponderEliminarComo se puede adquirir este sillón masajeador y que valor tiene correo luissalgado62@hotmail.com
ResponderEliminarYo creo que esta clasificación se debe a las Regla general 3b) ya que tenemos un producto mezclado:
ResponderEliminarpor un lado tenemos un Sofa de la partida 9401, y por otro lado tenemos un sistema de masaje corporal de la partida 9019.
En este caso ambos productos están mezclados, osea, el sistema masajeador està completamente incorporado al sofá de forma que no se pueden separar.
la regla para los productos mezclados es la Regla 3 y esta nos dice que: "Cuando una mercancía pueda clasificarse en 2 o mas partidas, se debe clasificar como sigue; el inciso 3b) nos dice que se debe clasificar por el articulo que le confiera el carácter esencial. En este caso el caracter esencial se lo da el masajeador corporal, ya que la gente que lo compra no solo quiere sentarse sino que desea ademas relajarse con un buen masaje, en resumen compra el el sillon por el masajeador, eso le da la esencia al producto, ademas que asi se comercializa como sofa masajeador. Dicho lo anterior el producto se clasifica en la partida 9019. Ademàs que si lo quieren ver de lado de los impuestos, los masajeadores de la 9019 pagan 15% de impuesto en tanto los simples sillones de la 9401 pagan el 10%. Esto quiere decir que si lo clasifican en la 9401, no solo seran acredores a un embargo, sino tambien a una multa por omision de impuestos a la Autoridad Aduanera. (al menos en Mexico esos son los impuestos)
En cada uno de los blogs de mejores-ofertas.com/masajeador-cervical
ResponderEliminarme ha ayudado mucho más y con diversos buenos aspectos.