jueves, 30 de abril de 2015

CNDA: Clasificación de un Kit de Rodillos para Equipos, Giratorios, 16,000 lb, para manipular maquinarias

CNDA / DIR TEC / 76 * 30/04/2015
8428.90.90.00  Kit de Rodillos para Equipos, Giratorios, 16,000 lb, para manipular maquinarias

El mencionado producto tienes las siguientes Especificaciones Técnicas:
·         Artículo: Kit de Rodillos para Equipos
·         Capacidad de Carga:16,000 lb
·         Tipo de Rodillo: Giratorio
·         Largo Total: 6-1/2"
·         Ancho Total: 4-1/8"
·         Altura Total: 3-15/16"
·         Cantidad de Rodillos: 4
·         Largo del Rodillo: 6-1/2"
·         Largo del Mango: 36"
·         Incluye: 4000 LB capacidad rodillos y manijas de 48 "

Las Notas Explicativas del Sistema Armonizado para la Partida 84.28, establece que “esta partida se refiere a una gran variedad de máquinas o aparatos que permiten realizar mecánicamente, sin distinción en cuanto al campo de utilización (incluidas, en consecuencia, la agricultura, la metalurgia, etc.), todas las operaciones de manipulación de materiales, mercancías, etc. (elevación, desplazamiento, carga, descarga, etc.), incluidos los aparatos similares para personas”.

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Sección XVI, Capítulo 84, partida 84.28 está referida a “Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipula­ción (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos)”. El alcance de esta partida no está limitado a las máquinas y aparatos de elevación o de manipulación para materias sólidas. Igualmente comprende las máquinas y aparatos de esta clase para líquidos o gases. Los aparatos mecánicos auxiliares para manejar herramientas de mano neumáticas, hidráulicas o eléctricas (taladros, martillos, rompedores de hormigón, etc.) soportan o hacen avanzar parcialmente la herramienta: muletas neumáticas, suspensiones para enrollar, empujadores neumáticos, carretones de perforación llamados jumbos para el servicio de varias herramientas, etc., con exclusión de los soportes puramente estáticos “gatos”.


El producto a clasificar, por sus características está considerado como las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación, por lo que le corresponde clasificarse en la Subpartida Nacional 8428.90.90.00, en aplicación de la 1º y 6º Reglas Generales para la Interpretación de  la Nomenclatura del Arancel Aduanero de Importaciones, aprobado por la RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1245 del 22 de diciembre de 2014 del Ministerio de Economía y Finanzas del Estado Plurinacional Bolivia.

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