viernes, 6 de febrero de 2015

CNDA: Frutas de la pasión (Passiflora spp.) Clasificadas en la subpartida arancelaria 0810.90.10.00

CNDA/DIR TEC/ 40*06-02-2015

La apariencia de la flor, similar a una corona de espinas, indujo a los colonizadores españoles a denominarla el Fruto de la Pasión.

La Passiflora edulis se considera originaria de la región amazónica, aunque crece de forma silvestre en un área que abarca principalmente desde el norte de Sudamérica hasta el norte de Chile, Argentina y Paraguay.

En el archivo adjunto se presentan las fotos, los nombres científicos, la familia y la variedad de todas las frutas de la Pasión que se clasifican en la Subpartida Nacional 0810.90.10.00, cuya descripción en la Nomenclatura Arancelaria es la siguiente: Granadilla, maracuyá (parchita) y demás frutas de la pasión (Passiflora spp.)..

jueves, 5 de febrero de 2015

ALADI: Nomenclatura NALADISA 2012 (Vigente)

CNDA/DIR TEC/ 39*05-02-2015
El Comité de Representantes de la ALADI, mediante Resolución 396 del 28 de marzo de 2012, publicó la Nomenclatura de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, la misma que incorpora la Recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera el 26 de junio de 2009 (Quinta Enmienda) y de la Recomendación y corrigendum mencionados en el considerando de dicha Resolución. 

miércoles, 4 de febrero de 2015

Memorias del Seminario "La Modernización de la Gestión Aduanera para la Facilitación del Comercio", realizada el 16 de julio de 2014 en la sede de la ALADI

CNDA/DIR TEC/ 38*04-02-2015
El presente libro presenta las memorias del Seminario “La Modernización de la Gestión Aduanera para la Facilitación del Comercio” organizado por la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y el Ministerio de Economía y Finanzas de la República Oriental del Uruguay (MEF), con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), que tuvo lugar lugar el día 16 de julio de 2014, en la Sede de la ALADI. El objetivo del Seminario fue presentar y analizar las principales experiencias que surgidas del marco global, han sido aplicadas a nivel regional y subregional.

El evento persiguió poner de relieve los diversos programas existentes en la región que persiguen la facilitación del comercio, incluyendo aquellos que presuponen una mejora en la eficiencia de las Aduanas.

La facilitación del comercio juega un papel fundamental para la competitividad, el crecimiento y el desarrollo de los países de América Latina. Al respecto, las Aduanas de la región han ido de a poco modernizándose y orientado sus funciones de control y fiscalización hacia este nuevo paradigma. No obstante lo anterior, por una serie de razones, entre las cuales cabría citar la necesidad de incrementar la interoperabilidad entre las Aduanas, persisten aún demoras e incertidumbres en los puertos y los pasos fronterizos que siguen constituyéndose en trabas innecesarias al comercio.

Participaron del seminario representantes de las distintas experiencias multilaterales, regionales y subregionales, quienes presentaron el estado de situación de los programas y herramientas existentes en materia de facilitación del comercio y de mejora de la gestión aduanera. Revisar el Libro...

martes, 3 de febrero de 2015

MERCOSUR: Clasificación de un Sistema de Hemodiálisis

CNDA/DIR TEC/ 37*03-02-2015
9018.90.40  Se trata de un Sistema de hemodiálisis, con monitores para la presión venosa, para la presión arterial, detector de fugas de sangre y detector de aire, programa de limpieza, bomba de sangre, bomba de heparina, sistema de suministro de agua, de concentrado, de líquido dializante y de ultrafiltración.

Por aplicación de la Regla General para la Interpretación del Sistema Armonizado Nº 1 (texto de la Partida 90.18), la Regla General para la Interpretación del Sistema Armonizado Nº 6 (subpartida 9018.90) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio clasifica en el ítem 9018.90.40 de la NCM aprobada por Resolución GMC Nº 36/95 y sus modificatorias.


Nota informativa: Dictamen de Clasificación Arancelaria No. 46/99 del Comité Técnico No. 1 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR. Revisar el Dictamen....

lunes, 2 de febrero de 2015

MERCOSUR: Clasificación de un aparato de Rayos X para Angiografía

CNDA/DIR TEC/ 36*02-02-2015
9022.14.12  Se trata de un Aparato de rayos X para angiografía, con intensificador de imagen de 22 o 16 cm, cámara con sensor de imagen del tipo CCD, consola para adquisición y procesamiento de datos y control remoto, acompañados de sus correspondientes cables de conexión.

Por aplicación de la Regla General para la Interpretación del Sistema Armonizado 1 (Nota 3 del Capítulo 90 la cual hace referencia a su similar 4 de la Sección XVI y texto de la partida 90.22), la Regla General para la Interpretación del Sistema Armonizado 6 (texto de la subpartida a un guión sin codificar "Aparatos de rayos X, incluso para uso médico quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia:" y texto de la subpartida 9022.14) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio se clasifica en la Nomenclatura Arancelaria del Mercosur 9022.14.12 de la NCM aprobada por Resolución GMC Nº 36/95 y sus modificatorias.
Nota informativa: Dictamen de Clasificación Arancelaria No. 45/99 del Comité Técnico No. 1 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR. Ver Dictamen...

UE: Clasificación de un componente electrónico contenido en una caja de plástico de forma rectangular (denominado «cartucho de juego»), con unas dimensiones de 35 × 33 × 4 mm.

CNDA/DIR TEC/ 35*02-02-2015
9504.50.00 El cartucho de juego consiste en una tarjeta de circuito impreso con circuitos integrados [memoria de solo lectura (ROM) y memoria flash], elementos pasivos (condensadores, resistencias) y bornes de contacto.

La ROM contiene un programa (un videojuego), que el usuario no puede modificar ni mejorar. La memoria flash se utiliza para almacenar los datos creados durante el juego, tales como las preferencias o los niveles y puntuaciones alcanzados.

Debido a su forma especial y a la configuración específica de sus bornes de contacto el cartucho solo puede utilizarse en videoconsolas, de una marca y tipo específicos, correspondientes a la partida 95.04.

El cartucho no solo contiene una memoria flash, sino también una ROM que contiene el juego. La memoria flash únicamente almacena la información
necesaria para jugar, como, por ejemplo, las preferencias de los jugadores y los niveles y puntuaciones que han alcanzado. El cartucho solo puede utilizarse para jugar con videojuegos con una videoconsola. Por lo tanto, queda excluida su clasificación como soporte para grabar sonido o para grabaciones análogas de la partida 85.23 [véanse también las notas explicativas del sistema armonizado (NESA) relativas a la partida 85.23, sexto apartado, letra f)].

Como el cartucho es una parte o accesorio utilizable exclusiva o principalmente con una videoconsola de la partida 9504 50, debe clasificarse en el código NC 9504.50.00 (véanse también las notas explicativas del SA relativas a la partida 95.04, punto 2, tercer párrafo).

La clasificación está determinada por las reglas generales 1 y 6 para la interpretación de la nomenclatura combinada, así como por la nota 3 del capítulo 95 y por el texto de los códigos NC 95.04 y 9504.50.00.

Nota informativa: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 2015/21 DE LA COMISIÓN de 5 de enero de 2015, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada. Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 4 del 8 de enero de 2015. Ver Reglamento de Ejecución. Revisa el Reglamento....



ALADI: Correlación entre la nomenclatura NALADISA 2012 y la nomenclatura NANDINA 2012

CNDA/DIR TEC/ 34*02-02-2015
Publicamos la Correlación entre la Nomenclatura NALADISA 2012 y la Nomenclatura NANDINA 2012 (en que se basa el Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia), en la medida que la mayoría de los Certificados de Origen que se dan en las importaciones al amparo del Acuerdo de Complementación Económica celebrado entre los Gobiernos de los Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de BOLIVIA, vienen expresados en la Nomenclatura NALADISA.

Y al momento de llenar la Declaración Única de Importación (DUI), se requiere expresarla en el Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia, que está basado en la Nomenclatura NANDINA.

Se publican dos documentos, uno por orden de la NALADISA 2012 y el otro por orden de la NANDINA 2012. Ver documento 1.. - Ver Documento 2...