8704.21.91
Descripción
de la mercancía:
Vehículo utilitario nuevo con tracción en las cuatro
ruedas, motor de émbolo de encendido por compresión (diésel), de cilindrada de
720 cm3, peso neto (incluidos los fluidos) de unos 630 kg., capacidad de
remolque no frenado de 750 kg. y unas dimensiones aproximadas de 300 × 160 cm.
El vehículo dispone de un habitáculo abierto con dos
asientos (incluido el conductor) equipado con una estructura de protección
total en caso de vuelco, una plataforma de carga constituida por un sólido
marco de acero con una estructura reforzada trasversal plana, con un volquete
manual y una capacidad de 0,4 m3, o sea, aproximadamente, 400 kg. Tiene un
chasis notablemente elevado (27 cm) y una distancia entre ejes de 198 cm.
Está equipado con neumáticos todoterreno para suelos
movedizos, frenos de disco húmedos, un dispositivo de acoplamiento y un
enganche delantero. El vehículo tiene una velocidad limitada de 25 km/h, y una
gran capacidad de frenado.
El vehículo está diseñado para su uso fuera de la
carretera, especialmente en terrenos muy accidentados. El vehículo se presenta
para su uso en una serie de funciones, por ejemplo, el empuje, la tracción de
remolques, el desplazamiento de animales y el transporte de plantas, cajas,
agua y equipos, municiones así como piensos para animales.
Motivos para la
clasificación:
El vehículo está concebido como un vehículo polivalente
que puede utilizarse para una serie de funciones en distintos entornos. Tiene
las características objetivas de los vehículos automóviles para transporte de
mercancías de la partida 8704 (véanse también los dictámenes de clasificación
del sistema armonizado 8704.31/3. y 8704.90/1).
El vehículo no es un volquete automotor concebido para
utilizarlo fuera de la red de carreteras. No es de construcción robusta con
caja basculante o en el que puede abrirse el fondo, diseñado para el transporte
de escombros o de materiales diversos [véanse también las notas explicativas
del sistema armonizado de la partida 87.04, párrafo sexto, punto (1)]. Por consiguiente,
se excluye su clasificación en la subpartida 8704.10.
Por tanto, el producto debe clasificarse en el código de
la Nomenclatura Combinada 8704.21.91 como vehículo automóvil nuevo para el
transporte de mercancías.
La clasificación está determinada por las reglas generales
1 y 6 para la interpretación de la nomenclatura combinada y por el texto de los
códigos de la Nomenclatura Combinada 87.04, 8704.21 y 8704.21.91.
Nota informativa:
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 2015/221 DE LA COMISIÓN de 10 de febrero de
2015, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura
combinada. Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 37 del 13 de febrero
de 2015. Ver Reglamento de Ejecución. Revisa el Reglamento...
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