7308.90.90.90 Las partes y piezas
de Rack Metálicas para almacenaje de mercaderías, es un sistema de rack
(estantería) de metal, de acero, para almacenar paletas, comprende 56 marcos
armados TX 2x100x105 RE2500 AZU C/P 14x200x2000o 18 T5800 y 47 marcos armados
TX 2x100x105 RE1300 AZU C/P 14x200x2000o 18 T6000. Se presentan desarmadas y
una vez instaladas en el almacén quedan ancladas al suelo perennemente. Se usan
para conformar racks de metal portapaletas, para grandes almacenes.
La Sección XV contiene a los metales comunes y
manufacturas de éstos metales, y el Capítulo 73 a las manufacturas de
fundición, hierro o acero. El texto de la Partida 73.08, designa a las
construcciones y sus partes, de fundición, hierro o acero, excepto las
construcciones prefabricadas de la Partida 94.06.
De acuerdo a lo señalado en las Notas Explicativas del
Sistema Armonizado la Partida 73.08 “comprende
esencialmente lo que se ha convenido en llamar construcciones metálicas,
incluso incompletas, y las partes de construcciones. Las construcciones de esta
Partida se caracterizan por el hecho de que una vez llevadas a pie de obra,
quedan en principio fijas”. Igualmente, se señala que esta Partida
comprende, entre otras, “las estanterías
de grandes dimensiones para montar y fijar permanentemente en tiendas,
talleres, depósitos y otros lugares de almacenado de mercancías”.
Como las partes y piezas de Rack Metálicas para
almacenaje de mercaderías, se presentan desarmadas, corresponde aplicar la
Regla General Interpretativa 2 a) que dispone: “Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza
al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las
características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también
al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las
disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía”.
En tal sentido, por aplicación de la Regla 2 a) debe clasificarse en la Partida 73.08.
En la Partida 73.08, estas partes y piezas de Rack
Metálicas para almacenaje de mercaderías se ubican en la Subpartida del Sistema
Armonizado 7308.90, como las demás construcciones y sus partes, y acorde a sus
características debe clasificarse en la Subpartida
Nacional 7308.90.90.90, en aplicación de la 1, 2 a) y 6 Reglas Generales
para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel Aduanero de
Importaciones, aprobado por la RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1245 del 22 de diciembre
de 2014 del Ministerio de Economía y Finanzas del Estado Plurinacional Bolivia.
Hola, buenas tardes estimados:
ResponderEliminarAgradecería puedan colaborar me con su conocimiento para clasificar un sistema de almacenaje de mercancías, el mismo que se trata de una estructura metálica (desmontada)diseñada para el almacenamiento de mercancias, tiene como variante de un rack normal, un sistema de rodillos que facilita tanto el colocado como la extracción de las mercancías almacenadas, denominado comercialmente "PUSH BACK", dejo link para poder apreciar el producto (http://www.bertoliniarmazenagem.com.br/img/folders/_122.pdf), el proveedor clasifica este producto en la sub-partida arancelaria No. 8428.39.00.00 - sin embargo considero que debe ir en la 7308.90.90.90
gracias y saludos cordiales.
ate.
Abraham J. Herrera.
(abraham.herrera.bo@gmail.com)
si tiene un sistema de movilidad, ya seria una estanteria movible, que se clasificaria en la partida 94.03
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