En diciembre de 2013, los Países Miembros de la Organización
Mundial del Comercio (en adelante OMC) concluyeron, en la Conferencia
Ministerial de Bali, las negociaciones en torno al Acuerdo sobre Facilitación
del Comercio, que forma parte del llamado "Paquete de Bali" más
amplio. Desde entonces, los Países Miembros de la OMC han realizado un examen
jurídico del texto, cuya versión definitiva adjuntamos al presente. En
consonancia con la decisión adoptada en Bali, los Miembros de la OMC adoptaron el 27 de noviembre de 2014 un
Protocolo de Enmienda para insertar el nuevo Acuerdo en el Anexo 1A del Acuerdo
sobre la OMC. El Acuerdo sobre
Facilitación del Comercio entrará en vigencia cuando dos tercios de los
Países Miembros hayan completado el proceso interno de ratificación.
El
Acuerdo sobre Facilitación del Comercio contiene disposiciones para agilizar el
movimiento, el levante y el despacho de las mercancías, incluidas las
mercancías en tránsito. Además, establece medidas
para lograr una cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras y otras
autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del
comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros. También contiene
disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidades en esta
esfera.
Es el primer Acuerdo
de la OMC, en sus 20 años de funcionamiento, el cual permitirá multiplicar los
intercambios comerciales entre los Países y reducir sus costes. Más del 80% de las disposiciones de este
Acuerdo de Facilitación están relacionadas con temas aduaneros, lo cual
representa una oportunidad y un tremendo desafío para las Aduanas y los
operadores económicos. Ver acuerdo sobre facilitación del Comercio...