6403.40.00.00 El producto
denominado comercialmente como “Botas de
Seguridad”, marca Spro, estilo: Bulldozer (en adelante El Producto), se
presenta en pares y se indica que es un botín para seguridad industrial, con
puntera de acero, parte superior de cuero natural, forro y plantilla de materia
textil, talla 42 con pasadores, el uso es para caballero.
El producto tiene la siguiente composición química:
Suela:
Plástico Poliuretano.
Parte Superior:
70% Cuero natural y 30% Cuero sintético (plástico poli.uretano con soporte
textil).
Forro:
Materia textil (tela sin tejer de polipropileno).
Plantilla:
Materia textil (tela sin tejer de polipropileno).
Por las características que presenta El Producto y su
composición química y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1,
corresponde el siguiente análisis:
En la Sección XII, Capítulo 64, están comprendidos el calzado,
polainas y artículos análogos; y sus partes. Según los alcances que brindan las
Notas Explicativas del Sistema Armonizado, en las Partidas 64.01 a 64.05 se
clasifican los calzados de acuerdo a la materia constitutiva de la suela y de
la parte superior o corte (superficie mayor de recubrimiento exterior), así
como al diseño y uso a que se destinen.
El Producto, según la composición química, presenta en la
parte superior 70% de cuero natural y 30% de materia plástica (poliuretano con
soporte textil) y suela de plástico (poliuretano),
por lo que en aplicación de la Nota 4 del Capítulo 64, queda incluido en el texto de la Partida
64.03, que comprende al “calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o
regenerado y parte superior de cuero natural”.
En virtud a lo establecido por la Regla General
Interpretativa 6, se procede a clasificar El Producto a nivel de subpartida; en
ese sentido la Partida 64.03 se encuentra desagregada en cinco subpartidas de
primer nivel, donde la subpartida del Sistema Armonizado 6403.40 designa
expresamente a los demás calzados, con puntera metálica de protección,
que no sean considerados de deporte de acuerdo a la Nota de Subpartida 1a) y
1b) del Capítulo 64, ni tengan suela de cuero natural y parte superior de tiras
de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo.
El Producto, al ser considerado como un calzado con
parte superior de cuero natural y suela de materia plástica, con puntera
metálica de protección, queda contenido en el texto de la Subpartida del
Sistema Armonizado 6403.40 y le
corresponde clasificarse en la Subpartida Nacional 6403.40.00.00, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas General
para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.
Nota Informativa: Aprobada mediante
Resolución Jefatural de División de la SUNAT No. 000 504300/2015-000022 de 9 de
enero de 2015. Ver Resolución....
buenas tardes cual es la partida arancelaria de las botas de cuero su sección y capitulo y el cual es su TLC-
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