miércoles, 18 de marzo de 2015

UE: Clasificación de un monopatín de cuatro ruedas equipado con un motor eléctrico

CNDA / DIR TEC / 63 * 18/03/2015
La fotografía se adjunta a título meramente informativo
9506.99.90  Monopatín de cuatro ruedas con unas dimensiones aproximadas de 80 × 27 × 17 cm, un peso de 10 kg y una capacidad máxima de carga de 65 kg. El artículo está equipado con un motor eléctrico alimentado por dos baterías recargables de 24 voltios.

El artículo presenta las características siguientes:

— las ruedas son de poliuretano y tienen un diámetro de 85 mm;
— solo las dos ruedas traseras son accionadas por una correa;
— la superficie del artículo está cubierta con una capa antideslizante;
— el motor eléctrico está instalado bajo el artículo;
— tiene un rango de velocidades de 10 a 32 km/h, no tiene frenos ni sistema de dirección.

El monopatín se presenta con un mando a distancia de uso manual.

El monopatín es propulsado por un motor eléctrico, controlado por la persona que lo monta por medio del mando a distancia.

Mientras se monta el monopatín, su velocidad se puede regular accionando un gatillo en el mando a distancia.

Aunque el artículo está propulsado por un motor eléctrico, presenta las características de un producto de entretenimiento deportivo más que las de un vehículo de motor, porque, debido a la falta de un sistema de dirección y de frenos, es necesaria una actividad física para montar en el monopatín (similar a la actividad necesaria para montar en un monopatín no motorizado). Por consiguiente, queda descartada su clasificación en la Partida 87.03 como vehículo automóvil concebido principalmente para el transporte de personas.

Dado que su velocidad puede alcanzar los 32 km/h, el artículo no se considera un juguete con ruedas diseñado para niños (véanse también las Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada NC relativas al código 9503.00.10 de la NC). En consecuencia, queda descartada su clasificación en la Partida 95.03 como juguete con ruedas.

Habida cuenta de sus características y diseño, el artículo se destina a ser utilizado como producto de entretenimiento deportivo (monopatín). Por lo tanto, debe clasificarse en el código NC 9506.99.90 como artículos y material para los demás deportes o juegos al aire libre.

Esta clasificación está determinada por las Reglas Generales 1 y 6 para la interpretación de la nomenclatura combinada, así como por el texto de los códigos NC 9506, 9506.99 y 9506.99.90.


Nota informativa: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/386 DE LA COMISIÓN de 5 de marzo de 2015, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la Nomenclatura Combinada. Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 65 del 10 de marzo de 2015. Revisa elReglamento....



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