1.
Respecto a la interpretación de
las expresiones «piso» y «parte superior» (o corte), véanse las
notas explicativas del SA, consideraciones generales de este capítulo,
apartados C y D.
Además, para la «parte
superior» formada por dos o más materiales (nota 4, la letra a) y nota
complementaria 1 del capítulo 64), se
tendrá en cuenta lo siguiente:
a) La «parte superior» es la parte del calzado que cubre los laterales y el empeine del pie y que puede cubrir también la pierna. Desciende hasta la suela a la que está fijada, pudiendo incluso penetrar en ella.
Los materiales que
constituyen la parte superior son aquellos que resultan total o parcialmente
visibles en la superficie exterior del calzado. Por lo tanto un forro no se
puede considerar como parte superior. Los materiales que constituyen la parte
superior están unidos entre sí.
Para calcular la superficie total de los materiales que forman la parte superior, después de retirar los accesorios y refuerzos, no se tendrán en cuenta las áreas situadas debajo, en las zonas de superposición donde los materiales se unen entre sí. (Ver primera Imagen).
Por ejemplo, siendo A de
cuero, B de materia textil y C la parte de la materia textil B que se encuentra
cubierta por el cuero A, para calcular la superficie total de los materiales
que constituyen la parte superior no hay que tener en cuenta la parte C de
materia textil.
Se hace abstracción de los
sistemas de cierre como cordones, cintas tipo «Velcro» etc. (véanse las notas
explicativas del SA, consideraciones generales de este capítulo, letra D),
último párrafo).
a)
El «forro» puede estar hecho de
cualquier materia y formado por uno o varios materiales. Está en contacto con
el pie y sirve como acolchado, protección o simplemente como adorno. No es
visible en la superficie exterior del calzado excepto, por ejemplo, de un
ribete acolchado.
b)
Los «accesorios» y «refuerzos»
están definidos en la nota 4, la letra a) del capítulo 64, en la nota
complementaria 1 del capítulo 64 y en las consideraciones generales de las
notas explicativas del SA correspondientes a este capítulo, punto D), último
párrafo.
Los accesorios suelen tener
una función ornamental y los refuerzos sirven de protección o de robustecimiento.
Puesto que los refuerzos se fijan a la parte superior para hacerla más
resistente, se fijan sobre la superficie externa de la parte superior, no
simplemente sobre el forro. Ahora bien, bajo el refuerzo puede aparecer una
sección del forro, siempre que la función del refuerzo no quede reducida como
consecuencia de ello. Además de ir fijado sobre la parte superior, el refuerzo
o accesorio puede también fijarse a la suela o introducirse en ella. Un
material no se considera accesorio o refuerzo, sino integrante de parte
superior, si el sistema de unión de los materiales que se encuentran debajo no
es duradero (las costuras son un ejemplo de método de unión duradero).
A los efectos de la nota 4,
la letra a) del capítulo 64 los logotipos o las punteras se consideran
dispositivos análogos.
Para la determinación del material de la «parte
superior» (o corte) se hace abstracción de la lengüeta que queda parcial o
totalmente cubierta (lengüeta interior).
Véase el esquema siguiente en el que la línea de punto representa
la lengüeta interior. (Ver segunda
Imagen).
Las ilustraciones y
el texto siguientes proporcionan un ejemplo sobre como determinar el material
de la «parte superior»: (Ver tercera
Imagen).
El calzado de las ilustraciones está compuesto por cuero
y materia textil. Para determinar el material que constituye la «parte
superior», a los efectos del capítulo 64, descartando los «accesorios» y
«refuerzos» hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones:
1 y 2. Al quitar la puntera
(1) y la parte de la pala que cubre los dedos (2) de cuero queda al descubierto
la materia textil de debajo (que no es forro). Puesto que las secciones de
cuero (1 y 2) tienen una función de protección se consideran refuerzos. Dado
que la materia textil situada debajo de las secciones de cuero (1 y 2) es
parcialmente visible en la superficie debe considerarse como integrante de la
«parte superior»
3. Al quitar la sección
de cuero (3) queda al descubierto una superficie de materia textil (marcada con
la letra A en el diagrama) y una superficie de forro situadas bajo la sección
3. Dado que la materia textil no cubre toda la superficie bajo la sección 3,
que el forro no se considera «parte superior», y que bajo el cuero hay
esencialmente forro, la sección de cuero no sirve de refuerzo a ningún material
de la parte superior, y, por tanto, debe considerarse como integrante de la
parte superior.
4. Esta sección de
cuero (4) está cosida sobre materia textil y también se superpone a la sección
de cuero (3) en la zona (A). Como bajo la sección (4) hay materia textil y una
zona (A) de la sección de cuero (3) parcialmente visibles en la superficie y como
la sección de cuero (4) refuerza el lateral de la «parte superior», la sección
(4) se considera un refuerzo. Por lo tanto la sección de cuero (3) y la materia
textil que se encuentra bajo la sección (4), excepto la materia textil situada
debajo de la sección (3), deben considerarse como integrantes de la parte
superior.
5. Al quitar la sección
de cuero (5) queda al descubierto materia textil parcialmente visible en la
superficie. Como la sección de cuero (5) refuerza la parte superior del talón y
tiene debajo materia textil parcialmente visible en la superficie, debe considerarse
como un refuerzo.
6. Al quitar el
contrafuerte de cuero del talón (6) quedan al descubierto el forro y materia
textil parcialmente visible en la superficie. Dado que la materia textil no
ocupa toda la superficie bajo el cuero el contrafuerte de cuero del talón (6)
no desempeña una función de refuerzo de la parte superior y, por lo tanto, debe
considerarse como integrante de la «parte superior» (y no como un refuerzo).
7. Al quitar la sección
de cuero (7) queda al descubierto materia textil parcialmente visible en la
superficie. Dado que esta sección de cuero (7) proporciona una resistencia
adicional al lateral de la parte superior se considera un refuerzo.
8. Al quitar el
logotipo de cuero (8), queda al descubierto materia textil parcialmente visible
en la superficie. Por lo tanto, al ser el logotipo un «dispositivo análogo» en
el sentido de la nota 4, la letra a) del capítulo 64, no debe considerarse como
integrante de la parte superior.
Tras calcular los
porcentajes de las secciones de cuero y materia textil identificadas como parte
superior se constata el predominio de la materia textil (70 % de materia
textil). Por lo tanto este calzado debe clasificarse como calzado con la parte superior
de materia textil.
1.
La expresión «caucho», en la
nomenclatura combinada, se define en la nota 1 del capítulo 40; la nota 3 a) de
este capítulo amplia el alcance del significado en el contexto de este
capítulo.
2.
La expresión «plástico o materia
plástica», en la nomenclatura combinada, se define en la nota 1 del capítulo
39; la nota 3 a) de este capítulo amplia el alcance del significado en el
contexto de este capítulo.
3.
A los efectos de este capítulo la
expresión «cuero natural» se define en la nota 3, la letra b) del capítulo 64.
4.
La expresión «materias textiles»
se define en las notas explicativas del SA, consideraciones generales de este
capítulo, apartados E y F. Por lo tanto las fibras (por ejemplo, los
tundiznos), hilados, tejidos, telas, fieltro, telas sin tejer, cuerdas,
cordajes y artículos de cordelería de los capítulos 50 a 60 se consideran materias
textiles a efectos del capítulo 64. Por lo que se refiere a las telas del
capítulo 59, las notas del capítulo 59 solo son aplicables a reserva de lo
establecido en la nota 3, la letra a) del capítulo 64.
No hay comentarios:
Publicar un comentario