miércoles, 4 de marzo de 2015

UE: Consideraciones generales del calzado

CNDA/DIR TEC/ 56*04-03-2015 
1.    Respecto a la interpretación de las expresiones «piso» y «parte superior» (o corte), véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales de este capítulo, apartados C y D.

Además, para la «parte superior» formada por dos o más materiales (nota 4, la letra a) y nota complementaria 1 del capítulo 64), se tendrá en cuenta lo siguiente:

a)    La «parte superior» es la parte del calzado que cubre los laterales y el empeine             del pie y que puede cubrir también la pierna. Desciende hasta la suela a la que está             fijada, pudiendo incluso penetrar en ella.

Los materiales que constituyen la parte superior son aquellos que resultan total o parcialmente visibles en la superficie exterior del calzado. Por lo tanto un forro no se puede considerar como parte superior. Los materiales que constituyen la parte superior están unidos entre sí.

Para calcular la superficie total de los materiales que forman la parte superior, después de retirar los accesorios y refuerzos, no se tendrán en cuenta las áreas situadas debajo, en las zonas de superposición donde los materiales se unen entre sí. (Ver primera Imagen).


      Por ejemplo, siendo A de cuero, B de materia textil y C la parte de la materia textil B que se encuentra cubierta por el cuero A, para calcular la superficie total de los materiales que constituyen la parte superior no hay que tener en cuenta la parte C de materia textil.
      Se hace abstracción de los sistemas de cierre como cordones, cintas tipo «Velcro» etc. (véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales de este capítulo, letra D), último párrafo).

a)    El «forro» puede estar hecho de cualquier materia y formado por uno o varios materiales. Está en contacto con el pie y sirve como acolchado, protección o simplemente como adorno. No es visible en la superficie exterior del calzado excepto, por ejemplo, de un ribete acolchado.

b)   Los «accesorios» y «refuerzos» están definidos en la nota 4, la letra a) del capítulo 64, en la nota complementaria 1 del capítulo 64 y en las consideraciones generales de las notas explicativas del SA correspondientes a este capítulo, punto D), último párrafo.

      Los accesorios suelen tener una función ornamental y los refuerzos sirven de protección o de robustecimiento. Puesto que los refuerzos se fijan a la parte superior para hacerla más resistente, se fijan sobre la superficie externa de la parte superior, no simplemente sobre el forro. Ahora bien, bajo el refuerzo puede aparecer una sección del forro, siempre que la función del refuerzo no quede reducida como consecuencia de ello. Además de ir fijado sobre la parte superior, el refuerzo o accesorio puede también fijarse a la suela o introducirse en ella. Un material no se considera accesorio o refuerzo, sino integrante de parte superior, si el sistema de unión de los materiales que se encuentran debajo no es duradero (las costuras son un ejemplo de método de unión duradero).

      A los efectos de la nota 4, la letra a) del capítulo 64 los logotipos o las punteras se consideran dispositivos análogos.

Para la determinación del material de la «parte superior» (o corte) se hace abstracción de la lengüeta que queda parcial o totalmente cubierta (lengüeta interior).
Véase el esquema siguiente en el que la línea de punto representa la lengüeta interior. (Ver segunda Imagen).

Las ilustraciones y el texto siguientes proporcionan un ejemplo sobre como determinar el material de la «parte superior»: (Ver tercera Imagen).

El calzado de las ilustraciones está compuesto por cuero y materia textil. Para determinar el material que constituye la «parte superior», a los efectos del capítulo 64, descartando los «accesorios» y «refuerzos» hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones:
1 y 2.     Al quitar la puntera (1) y la parte de la pala que cubre los dedos (2) de cuero queda al descubierto la materia textil de debajo (que no es forro). Puesto que las secciones de cuero (1 y 2) tienen una función de protección se consideran refuerzos. Dado que la materia textil situada debajo de las secciones de cuero (1 y 2) es parcialmente visible en la superficie debe considerarse como integrante de la «parte superior»

3.            Al quitar la sección de cuero (3) queda al descubierto una superficie de materia textil (marcada con la letra A en el diagrama) y una superficie de forro situadas bajo la sección 3. Dado que la materia textil no cubre toda la superficie bajo la sección 3, que el forro no se considera «parte superior», y que bajo el cuero hay esencialmente forro, la sección de cuero no sirve de refuerzo a ningún material de la parte superior, y, por tanto, debe considerarse como integrante de la parte superior.

4.            Esta sección de cuero (4) está cosida sobre materia textil y también se superpone a la sección de cuero (3) en la zona (A). Como bajo la sección (4) hay materia textil y una zona (A) de la sección de cuero (3) parcialmente visibles en la superficie y como la sección de cuero (4) refuerza el lateral de la «parte superior», la sección (4) se considera un refuerzo. Por lo tanto la sección de cuero (3) y la materia textil que se encuentra bajo la sección (4), excepto la materia textil situada debajo de la sección (3), deben considerarse como integrantes de la parte superior.

5.            Al quitar la sección de cuero (5) queda al descubierto materia textil parcialmente visible en la superficie. Como la sección de cuero (5) refuerza la parte superior del talón y tiene debajo materia textil parcialmente visible en la superficie, debe considerarse como un refuerzo.

6.            Al quitar el contrafuerte de cuero del talón (6) quedan al descubierto el forro y materia textil parcialmente visible en la superficie. Dado que la materia textil no ocupa toda la superficie bajo el cuero el contrafuerte de cuero del talón (6) no desempeña una función de refuerzo de la parte superior y, por lo tanto, debe considerarse como integrante de la «parte superior» (y no como un refuerzo).

7.            Al quitar la sección de cuero (7) queda al descubierto materia textil parcialmente visible en la superficie. Dado que esta sección de cuero (7) proporciona una resistencia adicional al lateral de la parte superior se considera un refuerzo.

8.            Al quitar el logotipo de cuero (8), queda al descubierto materia textil parcialmente visible en la superficie. Por lo tanto, al ser el logotipo un «dispositivo análogo» en el sentido de la nota 4, la letra a) del capítulo 64, no debe considerarse como integrante de la parte superior.

                Tras calcular los porcentajes de las secciones de cuero y materia textil identificadas como parte superior se constata el predominio de la materia textil (70 % de materia textil). Por lo tanto este calzado debe clasificarse como calzado con la parte superior de materia textil.

1.    La expresión «caucho», en la nomenclatura combinada, se define en la nota 1 del capítulo 40; la nota 3 a) de este capítulo amplia el alcance del significado en el contexto de este capítulo.

2.    La expresión «plástico o materia plástica», en la nomenclatura combinada, se define en la nota 1 del capítulo 39; la nota 3 a) de este capítulo amplia el alcance del significado en el contexto de este capítulo.

3.    A los efectos de este capítulo la expresión «cuero natural» se define en la nota 3, la letra b) del capítulo 64.

4.    La expresión «materias textiles» se define en las notas explicativas del SA, consideraciones generales de este capítulo, apartados E y F. Por lo tanto las fibras (por ejemplo, los tundiznos), hilados, tejidos, telas, fieltro, telas sin tejer, cuerdas, cordajes y artículos de cordelería de los capítulos 50 a 60 se consideran materias textiles a efectos del capítulo 64. Por lo que se refiere a las telas del capítulo 59, las notas del capítulo 59 solo son aplicables a reserva de lo establecido en la nota 3, la letra a) del capítulo 64.

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