8427.10.00.00 El producto denominado comercialmente como “Montacargas
Eléctricos Caterpilar E3000 con Llantas Macizas”, se presenta como una
carretilla autopropulsada con dispositivo de elevación incorporado, capacidad
de carga1,500 kilos a 500 mm del centro de la carga, motor eléctrico con
potencia de tracción 8.3/9.2 HP y potencia de elevación estándar 9.9/15.7, batería
de plomo y ácido, altura máxima de horquillas con carga nominal 4,340 mm,
tamaño de llantas delanteras macizas estándar 457x152x308 mm, tamaño de llantas
traseras macizas estándar 356x114x203 mm, frenos de servicio de pedal
hidráulico, frenos de estacionamiento de mano mecánico, dirección hidrostática,
luces delanteras LED con barra protectora, conector de batería SB, mástil de
gran resistencia y diseños avanzados, alarma electrónica de retroceso,
funciones en el panel de control “Premium” que incluye indicadores del estado de
carga de las baterías, del tiempo, medidor de horas para el motor de tracción,
motor de la bomba y del vehículo, así también como un indicador de velocidad y
de códigos de error. Además, la sección de luces LED del panel de control proporciona
indicadores de vencimiento de servicios, advertencias del cinturón de
seguridad, de sobrecalentamiento, descarga de batería, nivel de líquido de
freno, de freno de estacionamiento y de detección de fallas.
El montacargas cuenta con cinco modos de desempeño pre programados
que le permiten adecuar el vehículo a la aplicación específica necesaria, ya
sea para trasladar productos por largas distancias desde almacenes hasta ser despachados,
o para trasladar materiales rápidamente por distancias cortas. Resulta muy
fácil ajustar las velocidades de traslado, de elevación, la aceleración, los
frenados regenerativo y auto regenerativo a los requerimientos específicos de desempeño.
El par de torsión y la velocidad de estos montacargas son controlados de manera
independiente para otorgar mayor control sobre las operaciones de manejo de materiales,
asegurando de esta manera un traslado suave y seguro sobre superficies rugosas
o rampas para que el manejo de los productos y materiales sea seguro.
En la página WEB de la Enciclopedia Libre Wikipedia, www.wikipedia.org,
se informa que estos montacargas también reciben el nombre de carretilla
elevadora (apiladora).
El mencionado producto podría considerarse como vehículo,
en la Sección XVII, Capítulo 87, al estar montado en neumáticos; sin embargo,
al no tener las características de vehículo y estar diseñado especialmente con
dispositivos de elevación y por aplicación de la nota legal 2e) de la Sección
XVII, se excluye del Capítulo 87 y de la Partida 87.09.
En la Sección XVI, el Capítulo 84, comprende entre otros,
a las máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; donde el texto de la partida
84.27 designa a las carretillas apiladoras; las demás carretillas de
manipulación con dispositivo de elevación incorporado. En el caso que se pide
clasificar, se trata de una carretilla autopropulsada, en que la
infraestructura motriz, los dispositivos de mando, los órganos de trabajo así
como los dispositivos de maniobra están especialmente diseñados los unos para
los otros, de modo que forma un conjunto mecánico homogéneo, diseñado
especialmente para elevación, manipulación y transporte de mercancías a
distancias cortas; por lo que, le corresponde clasificarse en la partida 84.27.
Para determinar la subpartida, se debe tomar en
consideración la Sexta Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura
que a la letra señala: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de
una misma partida, está determinada legalmente por los textos de estas
subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las
Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del
mismo nivel. A efectos de esta Regla también se aplican las Notas de Sección y
de Capítulo, salvo disposición en contrario”, en consecuencia como se trata de
una carretilla autopropulsada con motor eléctrico, corresponde aplicar la
subpartida del Sistema Armonizado 8427.10, que comprende a la subpartida
nacional 8427.10.00.00, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales
para la interpretación de la Nomenclatura del Arancel Aduanero de
Importaciones, aprobado por la RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1245 del 22 de diciembre
de 2014 del Ministerio de Economía y Finanzas del Estado Plurinacional Bolivia.
En que partida arancelaria clasifico una montacargas portátil
ResponderEliminarbuenas tardes las horquillas para montacarga donde las clasifico
ResponderEliminar