lunes, 19 de marzo de 2018

UFED DISPOSITIVO UNIVERSAL DE EXTRACCIÓN DE DATOS FORENSES DE CELULARES


PUBLICACIÓN N° 02/2018

TITULO: “UFED (DISPOSITIVO UNIVERSAL DE EXTRACCIÓN DE DATOS FORENSES DE CELULARES)”.

GRÁFICO

 


 

SUGERENCIA DE PARTIDA

85.43

DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA (O PRODUCTO)

Descripción de la Mercancía.

El producto denominado comercialmente “UFED (DISPOSITIVO UNIVERSAL DE EXTRACCIÓN DE DATOS FORENSES DE CELULARES)”, se presenta acondicionado en un estuche, conteniendo en su interior: un dispositivo electrónico UFED; cables con conectores para diversos tipos de teléfonos; un bluetooth para teléfonos inalámbricos; un dispositivo flash USB; un lector de tarjetas; una fuente de alimentación CA; batería para el UFED; cargador de batería; CD grabado con software; un cepillo para limpiar las conexiones de los teléfonos y un manual de instrucción. El dispositivo UFED, es un aparato electrónico, con pantalla LCD; en la parte frontal presenta las teclas de función y en la parte lateral y posterior los puertos de entrada y salida para USB, conexión serial, Ethernet, mini USB, ranuras para tarjeta SIM. Se utiliza para la extracción de datos de teléfonos celulares (agenda de contactos, fotografías de la cámara, videos, audios, mensajes de texto SMS, registro de llamadas, etc) o directamente de la tarjeta SIM, mediante cables, bluetooth o infrarrojos, sin conectarse a la red, los que procesa y transfiere a un USB, después de lo cual desaparecen del dispositivo;

ANÁLISIS TÉCNICO DE LA MERCANCÍA (O PRODUCTO)

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que de acuerdo al análisis de sus características técnicas y por aplicación de la Reglas Generales para la Interpretación (RGI) de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado y señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional.

Que la Sección XVI, en el Capítulo 85, comprende a las máquinas, aparatos, material eléctrico y sus partes, donde el producto a clasificar, por sus características es susceptible de ser considerado en las Partidas 85.17 y 85.21, excluyéndose sin embargo, de la partida 85.17, por no ser su función las comunicaciones, pues no recibe, convierte, trasmite, ni regenera voz, imagen u otros datos; excluyéndose asimismo de clasificarse en la Partida 85.21, por no ser un aparato para grabar o reproducir imagen y sonido. En este sentido, por ser un aparato electrónico, con función propia y no estar expresado ni comprendido en otra parte del Capítulo 85, le corresponde clasificarse en la Partida 85.43;

Que para la determinación de la subpartida se debe tomar en consideración la Sexta Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura que señala: “la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”;

Que a nivel de subpartida, considerando las características del producto, y al no existir una subpartida específica que lo describa, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 8543.70.90.00, en aplicación de la 1ra, 3b), y 6ta. Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-EF;

De conformidad con el Art. 139º inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, y estando a la delegación de firma prevista en el Memorándum Nº 59-2009-SUNAT/3A0000;

El producto denominado comercialmente “UFED (DISPOSITIVO UNIVERSAL DE EXTRACCIÓN DE DATOS FORENSES DE CELULARES)”, en la subpartida nacional 8543.70.90.00.