jueves, 20 de noviembre de 2014

CNDA: Clasificación de Montacargas Caterpillar DP70

CNDA/DIR TEC/ 25 * 20-11-2014
8427.20.00.00 El producto denominado comercialmente como “MONTACARGAS CATERPILLAR DP70”, se presenta como una carretilla autopropulsada con dispositivo de elevación incorporado, capacidad de carga de 7,000 kilos a 24 mm del centro de carga, motor diesel marca CATERPILLAR, potencia 94 HP 2300 rpm, mástil de 2,920 mm de altura máxima extendida, transmisión con un poder de cambio 2/2, dirección hidráulica, frenos hidráulicos y de parqueo mecánico, neumáticos duales 8.25 x 15 – 12PR, luces de trabajo, frenos, direccionales y retroceso, techo protector, claxon, alarma de retroceso, indicador del nivel de combustible, de temperatura de agua del motor, asiento de suspensión con cinturón de seguridad, tablero de instrumentos y luces de control, espejos retrovisores, respaldo de carga.  Se utiliza para levantar, transportar o depositar en altura según sea el caso, cargas u objetos pesados.

Que, en la página WEB de la Enciclopedia Libre Wikipedia, www.wikipedia.org. Se informa que también recibe el nombre de carretilla elevadora (apiladora).

El mencionado producto podría considerarse como vehículo, en la Sección XVII, Capítulo 87, al estar montado en neumáticos; sin embargo, al no tener las características de vehículo y estar diseñado especialmente con dispositivos de elevación y por aplicación de la nota legal 2e) de la Sección XVII, se excluye del capítulo 87 y de la partida 87.09. 

En la Sección XVI, el Capítulo 84, comprende entre otros, a las máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; donde el texto de la partida 84.27 designa a las carretillas apiladoras; las demás carretillas de manipulación con dispositivo de elevación incorporado. En el caso que se pide clasificar, se trata de una carretilla autopropulsada, en que la infraestructura motriz, los dispositivos de mando, los órganos de trabajo así como los dispositivos de maniobra están especialmente diseñados los unos para los otros, de modo que forma un conjunto mecánico homogéneo, diseñado especialmente para elevación, manipulación y transporte de mercancías a distancias cortas; por lo que, le corresponde clasificarse en la partida 84.27.

En la partida 84.27 se ubica la subpartida del Sistema Armonizado 8427.20, por ser una carretilla autopropulsada, que no tiene motor eléctrico.


Aplicación de la 1º y 6º Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel Aduanero de Importaciones, aprobado por la RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1133 del 16 de diciembre de 2013 del Ministerio de Economía y Finanzas de Bolivia.

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