miércoles, 4 de marzo de 2015

CNDA: Clasificación de un Sistema Colector o de Captación de Polvo

CNDA/DIR TEC/ 55*04-03-2015
8421.39.90.00  El producto denominado “SISTEMA COLECTOR O DE CAPTACIÓN DE POLVO”, se presenta como un sistema integral para el control o mitigación de la emisión de polvos provenientes de la trituración de materiales, procesos de empacado de polvos, azúcar, semillas, procesos de fundido (hornos rotativos, hornos de arco, etc), procesos de combustión (generación de electricidad, generación de vapor, etc.), procesos de transporte de materiales, fabricación de fármacos y de alimentos, etc. Está integrado por Hoods de captación, sistema de ductos de transporte de la corriente de aire con contaminantes, equipo de filtrado, extractor, chimenea de descarga de aire limpio.

Está integrado por estructuras metálicas de hierro/acero que al ser ensambladas conforman una cubierta de forma rectangular que se instala sobre las fajas transportadoras que conducen los materiales; al interior de la estructura tubular se instalan extractores que orientan el aire contaminado o el polvo hacia aparatos filtrantes y el aire limpio sale al exterior por los ductos de salida; la materia pulverulenta es acumulada en tolvas de colección de partículas. Estos sistemas colectores se usan para controlar la emisión de polvos al medio ambiente (mitigación de polvos) y su función es mejorar la calidad del aire del medio circundante.

En la Sección XVI de la Nomenclatura, el Capítulo 84 contiene a las máquinas, aparatos y artefactos mecánicos, donde la Nota Legal 3 de la Sección XVI dispone que: “Salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, así como las máquinas concebidas para realizar dos o más funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificarán según la función principal que caracterice al conjunto”.

En el presente caso, se trata de un sistema en el que se encuentran montados extractores de aire y aparatos filtrantes, y el conjunto tiene la función de filtrar el aire contaminado por la emisión de polvos en las operaciones provenientes de la trituración de materiales, empacado, procesos de fundido, procesos de combustión, procesos de transporte de materiales, fabricación de fármacos y de alimentos, etc. Las máquinas se encuentran montadas en un basamento común y forman un solo cuerpo, en el sentido de la Nota Legal 3 de la Sección XVI, por lo que la función principal que caracteriza al conjunto es la filtración del aire.

El texto de la Partida 84.21 designa, entre otros, a los aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases. Según las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de la Partida 84.21, los aparatos para filtrar o depurar gases “tienen por función retener las partículas sólidas o líquidas en suspensión en los gases para recuperar los productos de valor (polvo de carbón o partículas metálicas en los gases del hogar o de los hornos metalúrgicos) o simplemente eliminar los residuos nocivos (desempolvado del aire o del humo, desalquitranado de los gases, desaceitado del vapor producido por las máquinas de vapor, etc.)”. En el presente caso, el sistema colector o de captación de polvo, tiene por función la filtración del aire, por lo que se clasifica en la Partida 84.21.

Al presentarse el aparato desarmado, corresponde aplicar la Regla General Interpretativa 2 a), la misma que dispone: “Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía”.

En la Partida 84.21 se ubica en la subpartida del Sistema Armonizado 8421.39, como los demás aparatos para filtrar o depurar gases, y acorde con sus características indicadas le corresponde la subpartida nacional 8421.39.90.00, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales para la interpretación de la Nomenclatura del Arancel Aduanero de Importaciones, aprobado por la RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1245 del 22 de diciembre de 2014 del Ministerio de Economía y Finanzas del Estado Plurinacional Bolivia.

2 comentarios:

  1. UN RECUPERADOR DE GAS QUE FRACCION LE CORRESPODE

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  2. fraccion 8479.90.01 partes reconocidas para colectores de polvo....a que se refiero esta fraccion? o esta mal ubicada?

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