viernes, 27 de marzo de 2015

SUNAT: Clasificación de unas “Botas de Seguridad”, con punta de acero, con la parte superior de cuero natural y suela de plástico

CNDA / DIR TEC / 68* 27/03/2015
6403.40.00.00  El producto denominado comercialmente como “Botas de Seguridad”, marca Spro, estilo: Bulldozer (en adelante El Producto), se presenta en pares y se indica que es un botín para seguridad industrial, con puntera de acero, parte superior de cuero natural, forro y plantilla de materia textil, talla 42 con pasadores, el uso es para caballero.

El producto tiene la siguiente composición química:

Suela: Plástico Poliuretano.
Parte Superior: 70% Cuero natural y 30% Cuero sintético (plástico poli.uretano con soporte textil).
Forro: Materia textil (tela sin tejer de polipropileno).
Plantilla: Materia textil (tela sin tejer de polipropileno).

Por las características que presenta El Producto y su composición química y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, corresponde el siguiente análisis:

En la Sección XII, Capítulo 64, están comprendidos el calzado, polainas y artículos análogos; y sus partes. Según los alcances que brindan las Notas Explicativas del Sistema Armonizado, en las Partidas 64.01 a 64.05 se clasifican los calzados de acuerdo a la materia constitutiva de la suela y de la parte superior o corte (superficie mayor de recubrimiento exterior), así como al diseño y uso a que se destinen.

El Producto, según la composición química, presenta en la parte superior 70% de cuero natural y 30% de materia plástica (poliuretano con soporte textil) y suela de plástico (poliuretano), por lo que en aplicación de la Nota 4 del Capítulo  64, queda incluido en el texto de la Partida 64.03, que comprende al “calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural”.

En virtud a lo establecido por la Regla General Interpretativa 6, se procede a clasificar El Producto a nivel de subpartida; en ese sentido la Partida 64.03 se encuentra desagregada en cinco subpartidas de primer nivel, donde la subpartida del Sistema Armonizado 6403.40 designa expresamente a los demás calzados, con puntera metálica de protección, que no sean considerados de deporte de acuerdo a la Nota de Subpartida 1a) y 1b) del Capítulo 64, ni tengan suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo.

El Producto, al ser considerado como un calzado con parte superior de cuero natural y suela de materia plástica, con puntera metálica de protección, queda contenido en el texto de la Subpartida del Sistema Armonizado 6403.40 y le corresponde clasificarse en la Subpartida Nacional 6403.40.00.00, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas General para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.

Nota Informativa: Aprobada mediante Resolución Jefatural de División de la SUNAT No. 000 504300/2015-000022 de 9 de enero de 2015. Ver Resolución....

1 comentario:

  1. buenas tardes cual es la partida arancelaria de las botas de cuero su sección y capitulo y el cual es su TLC-

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