viernes, 10 de julio de 2015

CNDA: Clasificación de un compuesto para roscas Premium llamado también como “JET-LUBE® SEAL-GUARD™ ECF”

CNDA / DIR TEC / 103* 10/07/2015
3403.99.00.00  El producto denominado como “Compuesto para Roscas Premium llamado también como “JET-LUBE® SEAL-GUARD™ ECF”, representa la nueva generación de tecnología y diseño en compuesto para roscas. Estos compuestos son fabricados con materiales resistentes a altas temperaturas y extremas presiones, lubrica, sella y protege las roscas y cuerdas en uniones de tubería de perforación, facilitando su ensamble y desensamble y aumentando su tiempo de vida útil.

El producto “JET-LUBE® SEAL-GUARD™ ECF” Es una grasa fabricada a base de una selección de aceites sintéticos y vegetales.

Características técnicas:

En Inglés
En Español
Color
Dark Gray to Black
Color
Gris oscuro a Negro
Thickener
Complex Thickeners
Espesante
espesantes complejos
Fluid Type (oil)
Synthetic & Vegetable
Tipo de fluido (aceite)
Sintéticos y Vegetales
Dropping Point (ASTMD-2265)
374°F (190°C)
punto de goteo (ASTMD-2265)
374°F (190°C)
Specific Gravity, typical
1.28
Gravedad específica, típica
1.28
Density (lb/gal), typical
10.65
Densidad (lb / gal), típica
10.65
Flash Point (ASTM D-92)
>450°F (232°C)
Punto De Inflamabilidad
>450°F (232°C)
NLGI Grade
1
Grado NLGI
1


En la sección VI, Capítulo 38, la Partida 38.11 comprende las “preparaciones antidetonantes, inhibidores de oxidación, aditivos peptizantes, mejoradores de viscosidad, anticorrosivos y demás aditivos preparados para aceites minerales (incluida la gasolina) u otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales”; estos productos, son aditivos preparados que se añaden a los aceites minerales o a otros líquidos utilizados para los mismos fines con el objeto de eliminar o disminuir las propiedades indeseadas o por el contrario proporcionar o aumentar propiedades determinadas. El producto objeto de nuestra clasificación es un aceite lubricante que al no tratarse de un aditivo destinado a ser añadido a otra sustancia para modificar sus propiedades, no está dentro del alcance del texto de la Partida 38.11, por lo que se excluye de esta Partida.

En las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de la Partida 34.03 se señala que: “Esta partida comprende también preparaciones lubricantes sintéticas a base, por ejemplo, de sebacato de dioctilo o de dinonilo, de ésteres fosfóricos, de policlorobifenilos, de poli(oxietileno) (polietilenglicol) o de poli (oxipropileno) (polipropilenglicol). Los lubricantes sintéticos, principalmente los que son a base de siliconas y las preparaciones llamadas jet lube oils (o syntetic éster lubes), que son para condiciones de uso especiales (lubricantes ignífugos, lubricantes para rodamientos de instrumentos de precisión, motores de reacción, etc.)”.

En el Capítulo 34, la Partida 34.03 comprende: “Preparaciones lubricantes (incluidos los aceites de corte, las preparaciones para aflojar tuercas, las preparaciones antiherrumbre o anticorrosión y las preparaciones para el desmoldeo, a base de lubricantes) y preparaciones de los tipos utilizados para el ensimado de materias textiles o el aceitado o engrasado de cueros y pieles, peletería u otras materias, excepto las que contengan como componente básico una proporción de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso”. Entre los productos incluidos en esta Partida, se encuentran las preparaciones lubricantes para disminuir la fricción entre las partes o piezas móviles de máquinas u otros dispositivos, con la condición de que conforme lo establece el texto de la Partida 34.03, no contengan aceites de petróleo o de mineral bituminoso o que de contenerlos, tengan una proporción inferior al 70% en peso. Las preparaciones llamadas jet lube oils, objeto de nuestra clasificación, no contiene alguno de los aceites mencionados, por lo que corresponde ser clasificado en la Partida 34.03.


La Subpartida del Sistema Armonizado de primer nivel 3403.(90), comprende las preparaciones lubricantes que no contienen aceites de petróleo o de mineral bituminoso, tal como el producto objeto de nuestra clasificación, que al tratarse de una preparación lubricante, se clasifica en la subpartida de segundo nivel 3403.99 y por consiguiente en la Subpartida Nacional 3403.99.00.00, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel Aduanero de Importaciones, aprobado por la RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1245 del 22 de diciembre de 2014 del Ministerio de Economía y Finanzas del Estado Plurinacional Bolivia.

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